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Comienza el período de avisos del nuevo Madrid Central, sin multas hasta diciembre

Tras la reciente aprobación del nuevo Madrid Central, impulsado por el Gobierno municipal, ha entrado en vigor el período de avisos, que durará hasta el 11 de diciembre. A lo largo de estos meses de adaptación, todo aquel que no cumpla la norma será notificado mediante carta, pero no se le aplicará ninguna sanción.

A pesar de las críticas de Almeida en 2018 a Manuela Carmena por el proyecto de Madrid Central, la ordenanza de los populares acaba por ser casi idéntica a la anterior, sólo con algunas modificaciones. A partir de ahora se llamará Distrito Centro, y desde el 22 de diciembre se permite el acceso a los 15.000 comerciantes de la zona, que dispondrán de tres invitaciones por establecimiento. Como consecuencia, unos 45.000 vehículos más podrán entrar en la almendra central. Otra de las variaciones es la inclusión de una nueva zona de bajas emisiones en la Plaza Elíptica, que antes no tenía ningún tipo de restricción, con el objetivo de bajar la polución en esta área, considerada un punto negro en los niveles de contaminación. Asimismo, se ampliará la zona SER a 20 barrios más de la ciudad.

Tal y como ocurría con el antiguo Madrid Central, no hay ningún tipo de restricción para el acceso a quienes sean residentes en el perímetro de Distrito Centro, siempre y cuando estén dados de alta en el sistema de gestión de accesos del Ayuntamiento. También podrán seguir accediendo los vehículos con etiqueta “ECO” y “Cero”. Los que contengan las pegatinas “B” y “C”, no tendrán problemas para entrar, pero deberán estacionar en un parking. Por otro lado, se podrá aparcar dentro del perímetro si se cuenta con la invitación de un residente, durante un máximo de dos horas. Estará prohibida la circulación para los vehículos sin distintivo ambiental (“A”), que representan el 14% de los vehículos que entran cada día en la ciudad.

Según el site creado por el Ayuntamiento, Madrid 360, todo el municipio será Zona de Bajas Emisiones (ZBE), limitando el acceso a los vehículos con clasificación “A”, pero las restricciones se irán aplicando progresivamente y por anillos territoriales desde el 1 de enero de 2022 hasta 2025, en las siguientes fases:

–        “Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30

–        Desde el 1 de enero de 2023 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30.

–        Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.

–        Desde el 1 de enero de 2025 se extiende esta prohibición también a todos los turismos «A» que estén domiciliados en Madrid y  dados de alta en el Padrón del IVTM del Ayuntamiento de Madrid”.

Sólo los siguientes coches con clasificación ambiental “A” podrán circular a partir de 2025:

–        “Los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos o trasladar a personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones’ y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.

–        Los vehículos matriculados como ‘históricos’ conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).

–        Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y de las FFAA”.

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