Política

Los españoles que vivan en el extranjero perderán su derecho a la sanidad pública en 90 días

Mientras la sociedad española está inmersa en las compras navideñas, las celebraciones y reuniones con amigos y familiares, el estado sigue modificando leyes.

El pasado 26 de diciembre, el ejecutivo ha hecho público, en el BOE, Los Presupuestos Generales del Estado para el 2014, dentro de la ley 22/2013, donde ha incluido una enmienda que establece que las personas desempleadas sin derecho a prestación o subsidio por desempleo no tendrán derecho a la sanidad española mientras permanezcan más de tres meses en el extranjero.

Así de este modo, tendrán la condición de asegurado aquellas personas que se encuentren en alguna de estas situaciones:  ”haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo u otras prestaciones de similar naturaleza, encontrarse en situación de desempleo, no acreditar la condición de asegurado por cualquier otro título y residir en España“.

Además, la nueva disposición adicional al Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, determina que “el beneficiario de dichas prestaciones tiene residencia habitual en España aun cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que estasno superen los 90 días a lo largo de cada año natural”.

Lo que supone que una persona de nacionalidad española que haya tenido que emigrar al extranjero, por culpa de los altos niveles de desempleo, haya agotado su prestación o subsidio, y además, su estancia en el país extranjero sea más de tres meses, no tendrán derecho a recibir atención en la sanidad pública española.

Además, cuando regresen a su país de origen sólo tendrán derecho a recibir atención médica gratuita cuando consigan un contrato laboral, mientras tanto, tendrán que contratar un seguro privado para que les pueda atender un médico.

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